Circuito 3 - Diseño, construcción, operación y financiamiento de la infraestructura vial en Ruta Nº 14 Centro - Oeste, By pass Sarandí del Yí y conexión Rutas 14 y 3

Se prevé el acto de apertura de la licitación para el próximo 15 de noviembre.

El pasado 13 de setiembre, a través del Comunicado 4, se realizaron modificaciones importantes a los pliegos de la licitación, entre las que se destacan:

- Se elevó el valor máximo de la oferta a UI 4.630.000.000

- A opción del oferente, se habilita a que hasta el 50% de los Pagos por Disponibilidad que realizará la administración contratante se realicen en Dólares Estadounidenses.

- Se agrega como hipótesis de renegociación del contrato el hecho de que en dos años consecutivos el componente C, calculado con los tránsitos reales, sea superior o inferior, en un 20% respecto del calculado con el tránsito proyectado en la oferta.

- Se modifica el mecanismo de pago a ser realizado por la administración contratante, pasándose a diferenciar el pago según se trate de componente A, B o C. En el caso del componente B se eleva el monto del adelanto trimestral, el cual podría llegar a ser igual al 100% del monto que surja de la correspondiente evaluación trimestral.

- Se elimina el porcentaje adicional ofertado del Fondo de Provisión como factor de competencia.

- En relación al reparto de riesgos, entre la administración contratante y el contratista, se indica a texto expreso el compromiso del Estado de otorgar un trato justo a la inversiones, comprometiéndose a no perjudicar su instalación a través de medidas injustificadas o discriminatorias. En este tema, también se introducen modificaciones en relación al traslado de riegos por conflictos laborales y la obtención de autorizaciones y permisos, con mayor flexibilidad para el contratista.

- Se incluye la posibilidad de que un oferente que resulte adjudicatario de otro proyecto de PPP vial impulsado por el MTOP, solicite el reintegro total de la garantía de mantenimiento de la oferta.

- En la hipótesis de que la administración contratante modifique las características de las obras, en los límites del pliego, y las obras pasen a ser ejecutadas por un tercero (por no llegarse a un acuerdo con el contratista), se incluye la obligación del tercero de entregar las obras en las mismas condiciones de recepción que las originalmente previstas para el contratista. En esta alternativa de obra realizada por tercero, se incluye la posibilidad de pago al contratista en concepto de componente B y C.

- Se informa sobre la aprobación de la resolución 556/016 que regula el régimen de beneficios tributarios.

Estos cambios importantes se suman al incluido en el Comunicado 2, del 27 de julio de 2016, en el que se modifican las disposiciones relativas al capital social y la alteración de la composición accionaria, de la sociedad de objeto exclusivo que deberá constituir el oferente adjudicatario del proyecto de ppp, los que básicamente refieren a:

- Se incluye la obligación de integrar al menos el 50% del capital social antes de finalizar el primer semestre del primer año del contrato de ppp, debiéndose integrar el 100% antes de finalizar el primer año del contrato.

- Se incluye la posibilidad de reducir el capital social al 10% del total de la inversión bajo determinadas hipótesis.

- La posibilidad de transferir las acciones de la sociedad de objeto exclusivo, durante la etapa de construcción, hasta un 20% del capital accionario de la sociedad y con autorización previa de la administración contratante, se extiende a terceros bajo determinadas hipótesis.

Contacto

carellano@ferrere.com