Por decreto número 4.787/16, Paraguay fijó en tres años el plazo máximo de incorporación a la bandera paraguaya de las embarcaciones arrendadas bajo la modalidad de leasing financiero.

Este plazo es prorrogable por un periodo igual. Por otro lado, otorgó un plazo de tres meses para regularizar la incorporación al pabellón paraguayo, conforme al decreto 1.994/14, de las embarcaciones construidas y matriculadas en el país en virtud al decreto 5.399/05.

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Néstor Loizaga