Mediante la Resolución 375 del 17 de agosto de 2016, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (“SEPRELAD”) modificó el procedimiento y la información sobre requisitos para los sujetos obligados a registrarse ante la SEPRELAD que no están regulados por una entidad específica del gobierno, tal como el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores (los “Sujetos Sin Supervisión Natural”).

Los Sujetos Sin Supervisión Natural incluyen (1) las organizaciones sin fines de lucro nacionales e internacionales; (2) inmobiliarias; (3) casas de empeño; (4) comerciantes de joyas, metales y piedras preciosas; (5) comerciantes numismáticos y filatélicos; (6) comerciantes de obras de arte; (7) importadores y comerciantes de vehículos; (8) locadores de cajas de seguridad; (9) transportadores de caudales; y (10) remesadores de dinero.

El nuevo procedimiento amplía el periodo de tiempo original para presentar los documentos necesarios para el registro de 5 a 10 días, y crea un certificado de registro que emite la SEPRELAD una vez terminado el proceso.

De acuerdo al nuevo procedimiento, los Sujetos Sin Supervisión Natural primero deben inscribirse usando el sistema web. Luego dentro de los siguientes 10 días deben presentar a la SEPRELAD toda la documentación de respaldo de la solicitud. Esta documentación incluye: (1) estatutos (para personas jurídicas) o cédula de identidad civil o pasaporte (para personas físicas); (2) constancia del Registro Único de Contribuyente (“RUC”); (3) constancia de la última designación de autoridades; (4) patente comercial expedida por la municipalidad correspondiente; y (5) declaración jurada sobre el nombre de las entidades financieras y cooperativas con las que opera.

SEPRELAD es una entidad gubernamental que forma parte del Poder Ejecutivo. Se encuentra a cargo de asegurar el cumplimiento de las normas anti-lavado de dinero y tiene autoridad para iniciar y llevar a cabo investigaciones sobre potenciales violaciones y referir casos al Ministerio Público. El incumplimiento de las normas anti-lavado de dinero puede traer aparejado sanciones como amonestaciones o multas, y puede dar lugar al inicio de investigaciones.

Procedimiento de Due Diligence abreviado para personas físicas que invierten en títulos valores

A través de la Resolución 427 del 21 de septiembre de 2016, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (“SEPRELAD”) autorizó un procedimiento de due diligence abreviado a operadores regulados del mercado de valores, principalmente a casas de bolsa que operan en la Bolsa de Valores de Asunción, la única bolsa de valores de Paraguay, con respecto a personas físicas que deseen invertir por cuenta propia por un monto máximo de aproximadamente US$ 2.000 por año. Para ello, el operador sólo debe solicitar el llenado de un formulario de identificación y adjuntar una copia del documento de identidad de la persona física.

Más allá del procedimiento abreviado, las normas de due diligence de la SEPRELAD exigen que los operadores tomen medidas razonables para:

1) obtener y conservar toda la información que refleje la verdadera identidad de la persona (“Cliente”) y de aquellos que actúan en nombre del Cliente;

2) verificar el propósito y la naturaleza de la relación comercial que busca el Cliente;

3) implementar controles que permitan el monitoreo de las operaciones realizadas por el Cliente durante el curso de la relación comercial;

4) implementar procedimientos para mantener actualizados y vigentes los registros de la persona.

Para cumplir con estos requisitos, además de los documentos de identificación personal del individuo, los operadores generalmente deben solicitar al Cliente:

1) referencias bancarias, comerciales y personales;

2) una declaración jurada de sus activos identificando el negocio de la persona y sus principales actividades, con documentos que sustenten la declaración, tales como certificados de trabajo;

3) otros documentos que pueden ser solicitados de acuerdo a las políticas vigentes del operador. Además, el operador debe realizar consultas periódicas al Cliente para mantener esta información actualizada.

Contacto

Federico Silva: fsilva@ferrere.com

Sally Romero: sromero@ferrere.com