Este 9 de diciembre fue firmado el Decreto Presidencial N°2.992/19, que comprende la nueva reglamentación de la Ley 2.051/03 de Contrataciones Públicas. El Decreto unifica el régimen a seguir por las entidades públicas y los contratistas en los distintos procedimientos de contratación pública.

El Decreto entra en vigor a partir del 1 de enero de 2020, pero los procedimientos de contratación actualmente en trámite y la ejecución de contratos ya adjudicados se regirán por la normativa vigente al momento de publicación del llamado correspondiente.  

Además de armonizar diez reglamentaciones anteriormente dispersas en distintas normas, el Decreto incorpora algunas novedades, tales como:

Sistema de compras conjuntas

Mediante el cual dos o más organismos, entidades o municipalidades que requieran contratar un mismo bien, obra o servicio, pueden contratar conjuntamente mediante la acumulación de sus demandas, con el fin de obtener precios preferenciales y dotar a las convocantes de mayor poder de negociación. La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) deberá reglamentar este nuevo mecanismo.

Criterios de sustentabilidad

Se introduce como criterios a ser tenidos en cuenta en los pliegos de bases y condiciones el impacto ambiental y social que implicaría la contratación, en consonancia con las políticas del Estado. La DNCP deberá reglamentar los mecanismos de aplicación de estos criterios.

Convenios modificatorios en obras públicas

Se establecen los supuestos en los cuales pueden celebrarse convenios modificatorios de contratos de obra pública, incluyendo (i) ampliaciones de monto y/o plazo de ejecución cuando se requiera el incremento de cantidades, sin introducir nuevos ítems de obra y (ii) modificaciones u obras complementarias que no estén contempladas en el proyecto ni en el contrato, pero que debido a que las mismas, si se separan técnica o económicamente del contrato original, causarían inconvenientes a la contratante, o que aunque se puedan separar de la ejecución del contrato principal, sean indispensables para su ejecución.

Asimismo, el Decreto aporta criterios tendientes a la profesionalización de las Unidades Operativas de Contratación y a la transparencia, armonizando las normas que regulan el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) y la sustanciación de los diversos procesos ante la DNCP.