Por Resolución SDCU Nº 1670/2022, publicada en la Gaceta Oficial el 22 de noviembre de 2022 (“Resolución Nº 1670/2022”), la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO), impone a los proveedores la obligatoriedad de fijar en cifras redondas (“Redondeo”) los precios de todos los productos y servicios que son ofrecidos a los consumidores.

La Resolución Nº 1670/2022 exige básicamente que:

  • El Redondeo sea aplicado a todos los precios de los productos o servicios ofertados al consumidor;
  • El Redondeo sea aplicado favoreciendo al consumidor, sea para arriba o para debajo de la moneda con denominación de cincuenta (50) guaraníes, debiendo ser aplicado en todos los comprobantes legales emitidos por los comercios, entidades financieras, casas de crédito, cooperativas, servicios públicos y demás entidades que utilicen: facturas, recibos, extractos bancarios y financieros, de la naturaleza que fueren, y cualquier otro documento en el que se consignen precios al consumidor final;
  • En los casos de productos comercializados a granel y/o fraccionados, el Redondeo debe ser aplicado antes de la facturación final;
  • En las operaciones comerciales realizadas en moneda extranjera, el Redondeo debe ser aplicado al momento de la conversión del precio en moneda nacional.

Adicionalmente, se establece que aquellos proveedores que incumplan con la exigencia de aplicar el Redondeo serán pasibles de ser sancionados por infracción a la ley Nº 1334/98 de “Defensa del Consumidor y el Usuario”, sus modificaciones y reglamentaciones.