La Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP), ha emitido la Resolución Administrativa No 99/2016, que aprueba el nuevo Reglamento de Gobierno Corporativo para Sociedades Comerciales. De esta forma, la Resolución 142/2011, que solo dictaba lineamientos no mandatorios sobre la misma temática, ha quedado sin efecto. A continuación, destacamos algunos de los aspectos más relevantes que deben tomarse en cuenta:

1.Cuando la información deba ser tratada en una junta de accionistas o asamblea de socios, deberá ser remitida o puesta a disposición de los socios desde el día de la emisión de la convocatoria.

2.La sociedad pondrá en conocimiento de sus socios el nombre y perfil profesional de los gerentes, administradores, miembros del directorio y ejecutivos.

3.En las convocatorias a reuniones de directorio, se deberá poner a disposición de los directores de manera inmediata, toda la información pertinente de los puntos a ser tratados en las mismas.

4.El incumplimiento u omisión en la entrega de la información, genera responsabilidad de los funcionarios encargados.

5.Los síndicos en las sociedades anónimas, están encargados de supervisar el cumplimiento del reglamento de Gobierno Corporativo.

6.Las sociedades anónimas, dentro de su memoria anual deberán incorporar un reporte sobre gobierno corporativo. El incumplimiento ésta obligación está sujeto a sanción.

7.El registro de comercio procederá a la inscripción de la memoria o balance anual previa verificación de la incorporación del reporte sobre gobierno corporativo.

El contenido mínimo del reporte de gobierno corporativo anual es el siguiente:

•Detalle de las normas sobre gobierno corporativo vigentes en la sociedad.

•Conflictos de intereses comunicados, así como actos y operaciones ejecutados con partes vinculadas.

•Actuaciones encaminadas a implementar o mejorar una medida de gobierno corporativo y si es posible señalando la evidencia o documento con el cual se culminó el proceso.

•El plan estratégico de implementación de gobierno corporativo, si lo tuviere.

•Una relación de las denuncias presentadas contra la sociedad.

•Otros que la sociedad considere convenientes.

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