El 12 de septiembre de 2019 se publicó la quinta reforma a la ordenanza que establece el cobro del Impuesto Anual de Patente en el Cantón Guayaquil. Las reformas son las siguientes:
Los contribuyentes efectuarán la declaración del Impuesto de Patente Municipal, a través de la página web de la Municipalidad de Guayaquil (www. guayaquil.gob.ec).

Los requisitos para el registro y pago de la Patente Municipal son los que se detallan a continuación, los cuales podrán ser obtenidos por la Municipalidad en el Sistema de Patente, que se encuentra enlazado con los organismos de control, en el proceso de declaración efectuado por los sujetos pasivos a través de la página web (www.guayaquil.gob.ec):

  • La última actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  • La cédula de identidad.
  • La declaración del Impuesto a la Renta y a las personas no obligadas a declarar este impuesto, las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del último ejercicio económico exigible. En caso de inicio de actividades, la persona natural o jurídica deberá registrar el patrimonio con que inicia su operación en el cantón.
  • Sólo en el caso de que la persona natural o jurídica ejerza actividad en varios cantones, deberá presentar o consignar el desglose de los ingresos en cada cantón.

Finalmente, cuando de la declaración efectuada por el sujeto pasivo se establezca que no genera la obligación de pago del impuesto, no se cobrará multa alguna.

Fuente: Quinta reforma a la ordenanza que establece el cobro del Impuesto Anual de Patente en el cantón Guayaquil, publicada el 12 de septiembre de 2019, en el Registro Oficial - Edición Especial No. 57.