Desde el 21 de junio de 2020 entraron en vigencia las reformas al Código Orgánico Integral Penal en Ecuador, esta reforma contiene varias incorporaciones de normas para mitigar temas de corrupción y prevención de lavado de activos, entre otros. 

Entre las principales reformas que fueron encaminadas para mitigar la corrupción se encuentran las siguientes: 

  • Se incluye para el comiso penal a los bienes, fondos o activos y productos en propiedad de terceros, cuando estos hayan sido adquiridos con conocimiento de que proceden del cometimiento de un delito o para imposibilitar el comiso de los bienes de la persona sentenciada. (Art. 69.2 COIP) 
  • Se tipifica la estafa cometida a través de una compañía de origen ficticio que induzca a error a otra persona, con el fi n de realizar un acto que perjudique su patrimonio o el de un tercero. También se sanciona a la persona jurídica con multa de hasta 200 SBU. (Art. 186.6 COIP)