El Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (IUET) suele evitar pronunciamientos acerca de la procedencia o conveniencia de las normas, y la excepción a esa regla son las situaciones en que se plantean afectaciones a los derechos individuales de los contribuyentes. Eses es el caso de cinco artículos que forman parte del proyecto de Rendición de Cuentas que se encuentra a estudio del Parlamento y que según los integrantes del IUET, algunos son inconstitucionales, son técnicamente defectuosos o “suponen cuestionables limitaciones a los derechos individuales, otorgan facultades exorbitantes al fisco y crean sanciones injustificadas”.

Una delegación integrada por los abogados Alberto Varela y Mario Ferrari, y el contador Nicolás Juan, expusieron el viernes 7 esa preocupación del IUET ante la Subcomisión de Audiencias de la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda del Senado. Ese instituto es una asociación civil sin fines de lucro creada en 1974 con el propósito de estudiar y perfeccionar la tributación, y sus socios son profesionales egresados de la Facultad de Derecho y Ciencias Económicas y de Administración.

Ferrari aseveró para empezar, que “paulatinamente se han ido agregando normas al Código Tributario” que han “potenciado” las “potestades del fisco con la correlativa disminución de las garantías del contribuyente”. Más directo, Varela sostuvo que en la “última década se ha observado una inusitada y preocupante acumulación de poderes en manos del fisco, y en particular de la DGI, que dan por resultado una relación totalmente desbalanceada”.

La delegación reprochó, entre otros aspectos, la inclusión en el proyecto de Rendición – que ya tiene media sanción – de varios artículos referidos al accionar de la Dirección General Impositiva (DGI), lo que a su entender impide realizar un “estudio detallado, minucioso y separado de las nomas estrictamente presupuestales”. De esa forma se “afectan las garantías de las personas”, afirmó Ferrari.

Críticas

El que refiere a la “intensificación” de las posibilidades que tiene la administración tributaria de solicitar datos a terceros con propósitos de fiscalización, “deja fuera de toda reserva” la información protegida por la Ley de Protección de Datos Personales, lo que “infringe directamente la Constitución de la República”, alegó Ferrari. Además, “convalida algunas prácticas que ya viene llevando a cabo” la DGI, como obligar a procurar información a clubes y colegios, lo que “excede claramente sus deberes como terceros para con la administración”.

Ese abogado, consejero del IUET, objetó también otro artículo que pena la “comisión de omisiones o apartamientos meramente formales de las normas, por ejemplo, sobre documentación”, sosteniendo un “criterio reñido con los principios más elementales del Derecho Penal”. Y puso un ejemplo: si una factura tiene un pie de imprenta vencido o algún otro defecto, en la medida en que el contribuyente haya emitido 100 ó 2.000 facturas, el artículo establece que cada una de ellas va a tipificar por sí misma una contravención, “ignorando el principio de la continuidad”, y que en realidad, se trataría de una sola falta agravada por la continuidad. Este último criterio es el que ha sostenido el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y el proyecto de Rendición de Cuentaslo que hace es enmendarle la plana a este tribunal. Técnicamente, esta norma nos parece defectuosa”, insistió Ferrari.

También cuestionó que se pretenda habilitar a la DGI a establecer una sanción de hasta mil veces el monto de la contravención común, lo que implicaría la suma de $4,75 millones en la actualidad. “En algunos casos, esta sanción puede ser mucho más grave que la que se impone, por ejemplo, por defraudación. Y, sobre todo para los pequeños contribuyentes, significa el establecimiento de una infracción objetiva y de difícil superación”, argumentó.

A su entender, el artículo que prevé darle a la DGI la faculta de suspender la vigencia de certificados de estar al día “no tiene nada que ver con lo tributario”.

Esposas, machete y revólver

Pero para los integrantes del IUET, es el artículo 279º - que le permite a la DGI solicitar el auxilio de la fuerza pública para garantizar la seguridad de sus funcionarios cuando realizan actuaciones inspectivas – el más cuestionable.

En un Estado de derecho, el uso de la fuerza pública lo dispone un juez y no el Poder Ejecutivo. Este artículo consagra un gravísimo apartamiento del principio de separación de poderes al otorgar a un organismo del Poder Ejecutivo la potestad genérica de recurrir per se a la fuerza pública, prescindiendo del contralor previo del Poder Judicial”, sostuvo Varela, consejero del IUET. El artículo propuesto es “inconstitucional” porque “quiebra el principio de separación de Poderes”, señaló.

El argumento utilizado a favor de la norma es que la DGI no usará la fuerza pública a menos que lo considere necesario, explicó. Y dijo: “Ahí está el problema. Quién va a determina si es necesario utilizar la fuerza pública es la propia DGI, sin ningún tipo de contralor”. Dijo que de esa forma la Impositiva “se va a transformar en juez y parte, decidiendo por sí y ante sí la utilización de la fuerza durante el ya de por sí intrusivo y friccionado proceso inspectivo”.

La intervención judicial “es la garantía” que tienen los ciudadanos, “que desaparece en el instante en que la DGI tiene un brazo armado, o el machete como extensión (…) porque es muy difícil oponerse a las esposas, al machete o al revólver. No se puede trabajar así; y ese es el ambiente que estamos creando. Esta norma es absolutamente innecesaria”, añadió.

Sostuvo además, que la normativa vigente “ya protege adecuadamente a los funcionarios públicos que intervienen en las inspecciones”, y ante cualquier resistencia de los contribuyentes deben solicitar una orden de allanamiento a la Justicia que, de hecho, la otorga “muy rápidamente”.

Para Varela, el argumento de que la función recaudatoria de la DGI es esencial para el funcionamiento del Estado “es verdad”, pero “no justifica que se otorgue un permiso irrestricto para acudir a la fuerza”. Y plantó que sin esta facultad la evasión del Impuesto al Valor Agregado bajó 64% acumulado en los últimos ocho años.

El IUET entiende que estas normas “suponen cuestionables limitaciones a los derechos individuales, otorgan facultades exorbitantes al fisco y crean sanciones injustificadas a los contribuyentes. Está claro que estas cinco normas no pueden ser analizadas seriamente en medio de un proyecto de Rendición de Cuentas con más de 300 artículos y dentro de los plazos constitucionales breves previstos para leyes de naturaleza presupuestal. Debe desterrarse esta pésima costumbre de usar leyes de presupuesto o de rendición de cuentas como vehículos para incluir subrepticiamente normas que limitan derechos individuales de los contribuyentes”, disparó Varela.

Sobre el final de la sesión, el senador oficialista Rafael Michelini dio la razón a los expertos y reconoció que puede ser “inconveniente” incluir estos artículos en la iniciativa presupuestal.

Nota publicada en semanario Búsqueda en edición del jueves 13 de septiembre de 2012.