Finalmente fue aprobada la nueva ley que regula las participaciones patrimoniales al portador (ley 18.930). Entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2012.

Los titulares de participaciones al portador deberán informar, a través de la entidad emisora, al Banco Central del Uruguay (BCU) sus tenencias accionarias. Los plazos y formas de comunicación al BCU serán establecidos por Decreto.

Quedan excluidas de esta regulación las participaciones patrimoniales nominativas o escriturales.

Ver texto adjunto.