Artículo de El Observador

En línea con la nueva jurisprudencia a nivel global, el Poder Ejecutivo viene reforzando su marco normativo respecto al control y prevención de lavado de activos. El abogado senior del estudio FERRERE, Javier Domínguez, detalló a El Observador los principales deberes y derechos que deberán conocer las empresas ante posibles requerimientos de información por parte de las autoridades.

La última ley de Presupuesto creó un nuevo organismo en esta materia: la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), que sustituye a la Secretaria Nacional Antilavado de Activos creada en 2009. Esa nueva dependencia se encargará de controlar el cumplimiento de las obligaciones antilavado por parte del sector no financiero. Anteriormente, el órgano competente en esa materia era la Auditoría Interna de la Nación (AIN).

Domínguez indicó que la Senaclaft "sigue con los mismos cometidos" que tenía la Secretaría Nacional Antilavado de Activos, pero se le agregan otros. Por ejemplo, coordinar la ejecución de las políticas nacionales en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; coordinar y ejecutar programas de capacitación, y controlar el cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo por parte de los sujetos no financieros. El sector financiero sigue siendo regulado por el BCU. Además, designa como nuevo sujeto obligado en materia de lavado de activos a las constructoras.

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