Ante la declaratoria de Emergencia Sanitaria vigente en el país debido al brote del COVID-19, el SERCOP ha reformado el procedimiento de adquisición de obras, bienes y servicios por emergencia, para lo cual:

1. La entidad contratante deberá declarar de forma expresa que existe imposibilidad de llevar a cabo procedimientos de contratación comunes para superar la situación de emergencia.

2. La publicación de la resolución de declaratoria de emergencia en el Portal COMPRASPÚBLICAS es un requisito habilitante para la contratación.

3. Se prevé un proceso de compras centralizadas (corporativas) en emergencia, para que la entidad matriz realice una compra unificada para todos sus órganos desconcentrados.

4. El plazo de la declaratoria será de máximo 60 días, salvo que se amplíe el estado de excepción.

5. Es obligatorio verificar la existencia de una relación directa y objetiva entre la situación de emergencia y la obra, bien o servicio contratados.

6. El resto de contrataciones que no tengan una relación directa con el problema o situación emergente, deberán ser contratadas a través del régimen común.

7. Los contratos, órdenes de compra o facturas de este tipo de contrataciones deben ser publicados en el Portal del SERCOP en el término máximo de 2 días desde su suscripción.

8. Las entidades contratantes deberán realizar informes periódicos y parciales con el detalle de las contrataciones realizadas, que se publicarán obligatoriamente cada 10 días.

Además, con Oficio Circular de 17 de marzo de 2020, el SERCOP informó a las entidades contratantes que las ofertas podrán ser recibidas también de forma digital, a través de correo electrónico.

Recomendaciones para proveedores que contraten bajo esta modalidad con el Estado
Las reformas implementadas por el SERCOP en su Codificación de Resoluciones, buscan transparentar la contrataciones por parte de las entidades contratantes durante el estado de emergencia.

Si la entidad contratante no cumple con esta reglamentación o realiza contrataciones que no sean necesarias para superar el estado de emergencia, el SERCOP reportará a la Contraloría General del Estado para las respectivas acciones de control, lo que podría generar responsabilidades ulteriores compartidas entre la Administración Pública y los contratistas del Estado.