Ante la emergencia sanitaria que atraviesa el Ecuador por la aparición y propagación del virus COVID-19, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, adoptó las siguientes medidas:

1. Mediante Resolución SCVS-INPAI-2020- 00002712 del 16 de marzo de 2020 estableció:

- Suspensión de los plazos y términos de todos los procesos administrativos, coactivos, tributarios, de prescripción de la acción de cobro y, en general, de todo proceso cuya sustanciación sea de competencia de esta institución, por el plazo de un (1) mes, esto es, desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 16 de abril de 2020, inclusive.

-  Esta suspensión podría revocarse una vez que se superen las causas que la provocaron, para lo que se emitirá un acto administrativo que la deje sin efecto y que determine a partir de qué fecha se reanuda la contabilización de los plazos y términos.

-  La Resolución mencionada entra en vigencia a partir de su suscripción, esto es, 16 de marzo de 2020, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

2. Mediante Resolución SCVS-INPAI-2020- 00002715 del 16 de marzo de 2020 estableció:

- Otorgar una prórroga de treinta (30) días respecto al plazo de presentación de balances, informes de administradores, nómina de accionistas, estado de cuenta de pérdidas y ganancias y demás documentos exigidos por el artículo 20 de la Ley de Compañías.

Fuente: Resoluciones SCVS-INPAI-2020- 00002712 y SCVS-INPAI-2020-00002715 de 16 de marzo de 2020, expedida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.