El Ministerio de Economía y Finanzas expidió la norma técnica para el sistema de compensación de deudas con la Administración Pública Central.
 
El sistema de compensación aplica para quienes mantengan deudas tributarias, multas, intereses y recargos vencidos, y a su vez, sean beneficiarios de pagos de la Administración Pública Central.
 
Las deudas tributarias deben encontrarse firmes o ejecutoriadas y los créditos con las instituciones públicas de la Administración Pública Central, pendientes de pago por la prestación de bienes, servicios u otros conceptos, deben estar registrados en la herramienta informática prevista para la gestión financiera pública por parte de la institución pública que contrató el bien o servicio.
 
Las obligaciones que cumplan las condiciones previamente indicadas serán comunicadas a la Administración Tributaria correspondiente, la cual deberá identificar las obligaciones tributarias vencidas y, de ser el caso, notificará al ente rector de las finanzas públicas.

El ente rector de las finanzas públicas realizará la compensación hasta el monto de la obligación que mantenga con el proveedor o acreedor del Estado.
 
La administración tributaria, sobre la base de la información generada en el sistema, registrará en línea la compensación efectuada para la disminución o extinción de las deudas tributarias, según corresponda.
 
Fuente: Acuerdo No. 0036 publicado el 7 de mayo de 2019 en el Registro Oficial

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