Mediante publicación en su página web el 22 de julio de 2019, el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó vía online la autorización a terceros para varios trámites en la institución.
 
Según esta publicación, a partir del 1 de septiembre de 2019, la autorización a terceros en línea será el único medio para que otras personas presenten trámites en ventanillas, salvo en los casos en los que posean un poder legalmente otorgado. Por lo que, las cartas de autorización firmadas manualmente ya no serán válidas.
 
La autorización a terceros en línea está disponible para los siguientes trámites: 

  • RUC (inscripción, actualización y suspensión o cancelación).
  • Vehículos (exoneración, reducción o rebaja de impuestos vehiculares, transferencias de dominio y otros procesos complementarios).
  • Herencias, legados y donaciones (anexo 108, información para la declaración del impuesto).
  • ISD (exoneraciones por enfermedad catastrófica y estudios en el exterior).
  • Formularios (modificación de datos de cabecera de la declaración).
  • Devolución del IVA (adultos mayores, personas con discapacidad).
  • Registro de cuenta (registro de cuenta para acreditación, autorización para débito automático).
  • Cobro (consulta de deudas, consulta de facilidades de pago, consulta de procedimientos coactivos).
  • Información (consultas generales y estado tributario).

Los contribuyentes deberán ingresar a la página web del SRI, opción “SRI en Línea” con su usuario y contraseña.
 
Fuente: www.sri.gob.ec