- El Ministerio del Trabajo concede una prórroga de treinta días, contados a partir de la suscripción del Acuerdo Ministerial, es decir del 14 de octubre de 2019, a los empleadores que hayan realizado nuevas contrataciones, o terminado una relación laboral a partir del mes de agosto del 2019, a fin de que puedan realizar el registro de la información de sus nuevos trabajadores, o puedan elaborar y registrar las actas de finiquito con su respectiva constancia de pago en el Sistema Único de Trabajo (SUT).
- Esta prórroga podrá ser extendida por treinta días más, una vez que termine el plazo de los primeros treinta días.
30/10/2019