Ante la ausencia de una regulación específica sobre los “conjuntos económicos” – grupos de sociedades, empresas o sujetos jurídicamente independientes pero que son dirigidos de forma unificada -, la práctica de la Dirección General Impositiva (DGI) es aplicar el “principio de la realidad”, lo que en algunos casos conspira contra el “rigor” de probar las relaciones entre las firmas y guía a la actuación inspectiva en base a indicios “no concluyentes”.

Así lo afirman Mario Ferrari Rey y Gianni Gutiérrez Prieto en el libro “Conjuntos económicos: Enfoque tributario”, lanzado en los últimos días.

Según esos expertos, la administración tributaria a menudo realiza recalificaciones de situaciones “sin una base fáctica adecuada y profunda, asumiendo la existencia de conjuntos económicos a partir de hipótesis de mera vinculación, en el mejor de los casos”.

Llaman la atención sobre la “ausencia de instructivos” o dictámenes de la sala de profesionales de la DGI relativos a la figura de conjuntos económicos. Y afirman que la invocación a la supuesta presencia de esos grupos de sociedades comerciales registró un crecimiento “exponencial en los últimos cuatro años”.

Por otra parte, en su libro advierten que el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales a estudio del Parlamento también invoca la aplicación del principio de la realidad y afirman que “hubiera sido de mayor utilidad” crear una norma “antielusiva de más fácil aplicación”.

Nota publicada en semanario Búsqueda, en edición del día jueves 20 de octubre de 2011.