Con el objeto de disminuir los efectos económicos de las acciones preventivas implementadas para disminuir el riesgo de expansión del COVID-19 en territorio nacional, el Banco Central del Paraguay ha dispuesto las siguientes medidas:

  1. Medidas de política monetaria

En reunión extraordinaria, el Comité de Política Monetaria resolvió reducir por tercera vez el porcentaje de la tasa de política monetaria, situándola en 2,25%, cayendo en 175 puntos desde enero de este año, mes en que la tasa de política monetaria estaba en 4%.

Esta medida disminuye el costo de fondeo de las entidades financieras en el mercado interbancario. Por tanto, permitirá el acceso a créditos con tasas más convenientes para afrontar el presente escenario económico.

  1. Medidas de liquidez financiera

Con el objeto de brindar mayor liquidez a las entidades financieras para la concesión de nuevos créditos a individuos y empresas, el Banco Central del Paraguay otorgó las siguientes facilidades:

Facilidad de Crédito por Desencaje (FCD) 

Esta facilidad permite a las entidades financieras utilizar los recursos depositados en concepto de encaje legal -tanto en moneda nacional y extranjera- por un total estimado de USD 740 millones, con el objeto de otorgar créditos nuevos destinados a los sectores afectados económicamente por la coyuntura actual. 

  • Moneda nacional: hasta un porcentaje máximo del 9% de los depósitos del público en cada periodo de encaje legal (Resolución N° 3, Acta N° 21 del 30 de marzo de 2020).

Moneda extranjera: hasta un porcentaje máximo del 7% de los depósitos del público en cada periodo de encaje legal (Resolución N° 4, Acta N° 21 del 30 de marzo de 2020).

Este régimen especial de encaje legal estará vigente desde el 1 de abril al 31 de diciembre de 2020. 

Facilidad de Crédito Especial por la Emergencia Nacional (FCE)

Mediante Resolución N° 1, Acta 21 del 30 de marzo de 2020, el Directorio del Banco Central del Paraguay aprobó el “REGLAMENTO DE FACILIDAD DE CRÉDITO ESPECIAL POR EMERGENCIA NACIONAL” con la finalidad de brindar liquidez adicional y excepcional a las entidades financieras que así lo requieran, para el apoyo crediticio a los agentes económicos afectados por la crisis sanitaria actual, especialmente las Pequeñas y Medianas Empresas.

A continuación, los puntos más resaltantes: 

  • La facilidad otorgada será en moneda nacional por un monto global de hasta Gs. 5.000.000.000.000 (Guaraníes Cinco Billones) equivalente a USD 760 millones.
  • Los bancos y financieras pueden acceder a esta facilidad hasta el 30 de diciembre de 2020.
  • La FCE se materializa con una operación de reporto, en base a estas condiciones:
  • Títulos elegibles: Letras de Regulación Monetaria (LRM), Bonos emitidos por el Ministerio de Hacienda (Bonos del Tesoro) y Títulos-Valores con Garantía del Tesoro Nacional, denominados en moneda nacional.
  • Tasa de interés: igual a la tasa de interés de instrumentos colocados por el BCP al plazo equivalente de la operación.

Para el caso de las operaciones que se soliciten luego de la aprobación del presente reglamento hasta la siguiente subasta de LRM, se utilizarán las tasas de interés de la subasta de LRM de fecha 25 de marzo de 2020 pasado, menos la cuantía de baja de tasa de interés comunicada el 30 de marzo de 2020

  • Coeficiente de cobertura: 5%.
  • Plazo: hasta 12 meses.
  • Monto a ser acreditado: el resultado de aplicar el coeficiente de cobertura al precio de mercado establecido en la Depositaria de Valores del BCP (DEPO).

Estas dos facilidades de liquidez ascienden en conjunto a USD 1.500 millones que el Banco Central del Paraguay pone a disposición de entidades financieras para otorgarles liquidez a fin de conceder nuevos créditos a los sectores afectados.