A través de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1453/2019 de 16 de diciembre del 2019, la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT) validó el crédito fiscal IVA de una factura emitida por un proveedor a favor de  un contribuyente pero que fue pagada por un tercero.

El Servicio Nacional de Impuestos (SIN) observó la factura debido a que no se demostraba la transacción. No obstante, la AGIT validó el crédito fiscal IVA del contribuyente, con la presentación de dos documentos; i) Notas de pedido expreso del proveedor para que el pago se realice a un tercero y ii) Certificación posterior emitida por el proveedor, dándose por bien pagado.