El 4 de octubre 2019 ha sido propuesto ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley que establece la tipificación del Ecocidio como un tipo penal sancionable por ley.

El Ecocidio es un neologismo acuñado para definir el deterioro del medio ambiente y de los recursos naturales por la acción del hombre, así como la acción de destruir o depredar el hábitat o el medioambiente.

La incorporación de este tipo penal figura como un delito contra el derecho internacional en rango similar a los crímenes cometidos contra jefes de Estado extranjeros, violación de inmunidades, violación de tratados, treguas armisticios o salvo conductos, genocidio, piratería y entrega indebida de personas. El ámbito de aplicación de la ley alcanza a toda persona individual o colectiva, pública o privada que realice acciones o incurra en omisiones que se configuren como Ecocidio.  

Es importante mencionar que este proyecto de ley se enmarca en la ley Marco de la Madre tierra, cuya finalidad consiste en proteger los derechos de la Tierra y establece que todo delito relacionado a la misma es imprescriptible.