El 1 de agosto de 2019, el Ministerio de Desarrollo y Economía Plural a través del Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones (Senavex) emitió un comunicado Nº 014/2019 sobre las nuevas regulaciones para la solicitud de autorizaciones previas de importación. Asimismo, emitió la Resolución Ministerial Nº 127/2019 que aprueba el reglamento con los requisitos y procedimientos formales.
El comunicado fue publicado con la finalidad de dar a conocer a los importadores la entrada en vigencia del nuevo Reglamento para la Emisión de Autorizaciones Previas de Importación (Reapi) mediante la Resolución Ministerial Nº 127/2019.
La resolución ministerial tiene como objeto aprobar el reglamento que establece los requisitos y procedimientos para la emisión de autorizaciones previas de importación. Entre los aspectos más relevantes se encuentran:
- La creación del Registro Único de Importación y su procedimiento
- El procedimiento para la solicitud de la emisión de autorizaciones previas de importación según el tipo de mercancía
- El plazo de 60 días calendario para la emisión de la autorización previa de importación.
- El plazo de 6 días hábiles siguientes a la notificación de la aceptación del trámite, para la emisión de las autorizaciones previas por el Senavez
- El plazo de 10 días hábiles, a partir de la recepción de la solicitud, para el caso de aquellas emisiones de autorización previa solicitadas por la Aduana Nacional
- El procedimiento de autorización previa no alcanza a: las importaciones de menor cuantía y las importaciones originarias de los países de la Comunidad Andina (CAN).
Finalmente, todos aquellos trámites que hubieran sido ingresados hasta el 2 de agosto de 2019 deberán ser concluidos conforme a la reglamentación que se encontraba vigente de forma previa al presente reglamento.