El 27 de junio de 2019 el SIN emitió la RND Nº 101900000011 que modifica el procedimiento e introduce novedades para la solicitud de certificaciones con efectos tributarios en el interior o exterior del país, y la legalización de documentos ante el Servicio de Impuestos Nacionales.

Alcance

LA RND alcanza a todos las personas naturales, jurídicas y sucesiones indivisas, que requieran los siguientes certificados:

  • Adeudos tributarios
  • Residencia fiscal
  • Domicilio fiscal
  • Situación tributaria
  • Extracto tributario
  • Otras certificaciones

Efectos

Las certificaciones sobre pagos realizados por el sujeto pasivo o tercero responsable se limitarán a acreditar la fecha de recepción del pago y el importe pago, sin que ello implique la conformidad del pago.

Procedimiento para la solicitud certificaciones con efecto en el exterior

  • Iniciar el trámite de solicitud de la apostilla a través de la página web.
  • Con el número de trámite de apostilla, se deber llenar el Formulario de solicitud de certificaciones al exterior, disponible en la opción de certificaciones del Sistema Integrado de la Administración Tributario.
  • Presentación del Formulario de solicitud ante la Gerencia Distrital o GRACO para su posterior registro en el Sistema Integrado de la Apostilla.

Procedimiento para la acreditación de las certificaciones en Países no adscritos a la Convención de La Haya sobre la Apostilla

  • Iniciar el trámite para la acreditación de la certificación a través del llenado y enviado del Formulario de solicitud de certificaciones al exterior disponible en el Sistema Integrado de la Administración Tributaria SIAT.
  • Con la recepción de la solicitud, la Gerencia Distrital o GRACO de su jurisdicción llevará a cabo la verificación y suscripción del documento para su posterior entrega al solicitante en la Secretaria de la Gerencia Distrital o GRACO correspondiente.

Legalización de documentos ante el SIN

  • Acreditación del interés legal por el sujeto pasivo o tercero responsable.
  • Presentación del testimonio original del poder especifico, por las personas jurídicas, siempre y cuando el solicitante no esté previamente registrado en el Padrón Nacional de Contribuyentes del SIN.

Finalmente, la RND aprueba el “Formulario de solicitud de Certificación de Adeudos Tributarios”, el “Formulario de Solicitud de Certificados al Exterior”, y el “Formulario de Solicitud de Certificación de Residencia Fiscal, Domicilio Fiscal y/o Situación Tributaria”.

Estos formularios entrarán en vigencia a partir del 1 de noviembre de la presente gestión, en el SIAT.

La RND entrará en vigencia a partir del 15 de julio de 2019.