La Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 10190000001 del 29 de enero de 2019, abroga la RND Nº 101800000034 del 21 de diciembre de 2018, que establece el procedimiento, forma, plazos y medios de envío de la información de los sujetos pasivos que prestan sus servicios de hotelería u hospedaje.
Las modificaciones más relevantes de esta RND son:
- Los nuevos campos para la información del servicio de hotelería:
- Se incorpora el campo de “Descripción de la Modalidad de otro sistema de registro” en el campo de modalidad de registro del huésped.
- Se incorpora el medio de pago: anticipado- contrato.
- Se incorpora la Agencia de Viajes con sus clasificaciones: Agencia de viajes - comisionista y Agencia de viajes - cliente
- Se incorpora el Nombre de Motor de Reserva: En caso de haber consignado en el medio se reserva con la opción de Internet u otra comunicación electrónica.
- Se incorpora el Código Único de Facturación (CUF) o Código de Autorización de emisión de Documentos Fiscales (CAED).
- El periodo de envío para los contribuyentes que envíen información sobre el servicio de hotelería, de manera mensual a manera bimensual hasta el último día hábil del mes siguiente al bimestre que se informa.
Esta RND entrará en vigencia a partir del 1 de mayo de 2019.
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Esta publicación contiene información de interés general y no constituye ni debe ser tomada como una opinión legal o asesoramiento sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoramiento legal sobre el tema de su interés.