El Servicio de Impuestos Nacionales, publicó la RND Nº 101900000003 que amplía el periodo de implementación del nuevo Sistema de Facturación Electrónica (NSFE) y modifica varios aspectos regulados por esta.

La implementación del NSFE, empieza con los contribuyentes del Grupo I a partir del 1 de noviembre de 2019 y finaliza el 1 de noviembre de 2020 con los contribuyentes del Grupo V

Las modificaciones más relevantes son:

Con relación a documentos fiscales:

  • Notas de Débito – Crédito: ampliación del plazo para la emisión hasta 18 meses posteriores a la emisión de la factura.
  • Notas de Conciliación: ampliación del alcance a servicios: i) sujetos a ajustes de precio por conciliación y/o medición, ii) a consumidores finales sujetos a conciliación, medición y/o valoración y excepcionalmente iii) a la comercialización de bienes con precios estén sujetos a reajuste, conciliación, medición y/o valoración
  • Reportes ejecutivos gerenciales: eliminación de los reportes de ranking de: i) productos vendidos, ii) top 20 de productos más vendidos y iii) clientes frecuentes.

Con relación a plazos:

  • Ampliación del plazo para la anulación de documentos fiscales electrónicos.
  • Nuevos plazos para la emisión de facturas electrónicas para:

- Modalidades de facturación electrónica y computarizada en línea.

- Contribuyentes que realicen actividades de producción, comercialización mayorista y transporte de hidrocarburos.

- Contribuyentes con emisión masiva que superen el periodo fiscal de la venta o   servicio,

Con relación a la transición de la facturación virtual a electrónica:

  • La dosificación de facturas bajo el actual Sistema de Facturación Virtual será hasta el 30 de septiembre de 2019 y únicamente bajo las modalidades de facturación manual o pre valorada.
  • La emisión de las facturas dosificadas bajo el actual Sistema de Facturación, será hasta el 31 de octubre de 2019.
  • A partir del 1 de noviembre se habilitaran las modalidades de facturación Manual y portal Web del NSFE.
  • Los contribuyentes podrán facturar sus ventas y servicios a través de las modalidades habilitadas por el NSFE hasta la fecha de implementación de la nueva modalidad que les corresponda.

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