El 23 de diciembre de 2018 el SIN emitió la RND N° 101800000035 que modifica y amplía las obligaciones de información de las empresas administradoras de tarjetas electrónicas autorizadas por la ASFI.

 Los aspectos novedosos más relevantes de esta RND son los siguientes:

  • La obligación de los Agentes de Información (Linkser/ATC), de informar transacciones con Tarjetas de Crédito y Débito, se extiende a transacciones con Tarjetas Prepagadas.
  • La periodicidad del envío trimestral se modifica a envío mensual.
  • La obligación de envío se realizará través el Aplicativo SIAT y el componente de Servicios WEB del Aplicativo SIAT, dejando sin efecto el envío mediante el Software Da Vinci.
  • Los reportes de información incluirán las reversiones realizadas (devoluciones al comprador).
  • El reporte de las transacciones de venta de bienes y servicios deberá incluir adicionalmente: NIT agente de información, actividad de comercio, tipo de tarjeta electrónica, NIT entidad financiera emisora de la tarjeta electrónica, nombre entidad financiera emisora de tarjeta electrónica, movimiento del proceso.

Esta RND abrogó la RND N° 10-0027-07 de 2007 sobre obligaciones tributarias de las empresas Administradoras de Tarjetas Electrónicas.