El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha emitido la Sentencia No. 303/2015 el 19 de abril de 2018 a través de la cual confirma la línea de precedentes sobre prescripción sentada por las anteriores autoridades del TSJ, que se refleja en la Sentencia No. 153/2017 de 20 de noviembre de 2017.

Pronunciamiento del TJCA

En el caso discutido ante el Tribunal, el año 2005 una agencia despachante validó una Declaración Única de importación ante la Aduana Nacional de Bolivia. Años después, el 30 de septiembre de 2014, la Aduana Nacional de Bolivia notificó a la agencia despachante con una resolución sancionatoria por la supuesta comisión de una contravención aduanera.

El Tribunal a través del fallo ha señalado con claridad que en el caso señalado el término de prescripción aplicable es el de cuatro años, computable a partir del 1 de enero de 2006, por lo que se habría cumplido el 31 de diciembre de 2009, sin que haya mediado causal de interrupción o suspensión alguna.

Comentarios

El precedente, deja en claro que las nuevas autoridades del órgano judicial, posesionadas a principios de 2018, han decidido sostener la línea de precedentes sobre prescripción de las anteriores autoridades TSJ, lo cual resulta positivo, pues proporciona certeza y seguridad jurídica al sistema tributario boliviano y al desarrollo de los negocios en el país.