Mediante Resolución No. BCE-GG-071-2018 emitida por la gerenta general del Banco Central del Ecuador y publicada en el Registro Oficial No. 281 del 11 de julio de 2018, se estableció el cobro de una comisión por el registro tardío de créditos externos privados ante el Banco Central del Ecuador.

A través de la resolución antes citada, la gerenta general del Banco Central estableció una comisión del 0,25% calculada sobre el monto del crédito externo privado cuyo registro exceda de 45 días y que no superen los 180 días calendario, desde la fecha de su desembolso.

La Resolución No. BCE-GG-071-2018 indica que el registro que se realice entre el día 46 y el día 180, contados a partir de la fecha del desembolso, podrán ser registrados previo pago de la comisión del 0,25% sobre el monto total del crédito. Después del día 180, los créditos externos privados no podrán ser registrados.