La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, emitió la resolución No. SCVS-INPAI-2020-00002715 (en adelante “Resolución”) de fecha 16 de marzo de 2020, en la cual se acuerda extender una prórroga de 30 días a partir del vencimiento del plazo original para la presentación de la información requerida en el artículo 20 de la Ley de Compañías, es decir se podrá enviar  la información a la entidad de control hasta el 31 de mayo de 2020.

Es importante considerar que:

  1. La Resolución no concede una prórroga de manera expresa para la celebración de Junta General Ordinaria de Accionistas de las Compañías, misma que se celebra una vez al año dentro de los tres meses posteriores a la finalización del ejercicio económico de la compañía, es decir hasta el 31 de marzo de cada año, por lo que, es recomendable revisar los estatutos de la Compañía y ver la posibilidad de celebrar la junta general ordinaria de accionistas por medios telemáticos.
  2. Asimismo, se deberá poner a disposición de los accionistas vía correo electrónico, los informes detallados anteriormente para su conocimiento y estudio por lo menos quince días antes de la fecha de reunión de la junta general que deba conocerlos.
  3. En caso de existir una imposibilidad manifiesta de celebrar la Junta General de Accionistas por el estado de emergencia sanitaria a nivel mundial, y a razón de que existe una razón de fuerza mayor, tenemos una excusa legal para no llevar a cabo la Junta Ordinaria dentro del primer trimestre de éste año, y se podría solicitar una prórroga al ente de control.
  4. La Junta General de Accionistas deberá ser calificada como Ordinaria, a pesar de haberse celebrado fuera del plazo previsto por la Ley, debido a que prevalece su objeto.

En caso de que requiera información adicional al respecto, o el análisis de un caso particular, por favor no dude en contactarnos.