El 5 de junio de 2019, a través del Decreto Supremo Nº 3925, se internalizó el Acuerdo de alcance parcial suscrito entre el gobierno de Bolivia y el gobierno de El Salvador – Tratado de Comercio de los Pueblos.

Los aspectos más relevantes del Acuerdo son los siguientes:

  1. El establecimiento de la expansión del intercambio comercial entre las partes.
  2. La creación de un espacio económico ampliado que facilite la libre circulación de bienes y el uso pleno de factores productivos.
  3. La eliminación de restricciones arancelarias y no arancelarias a través del Programa de Desgravación Comercial (PDC).

 Los PDC tienen como principal objetivo:

  • Establecer preferencias arancelarias para la importación de bienes originarios de sus respectivos territorios.
  • Prohibición expresa de modificar los aranceles aduaneros convenidos o de adoptar aranceles aduaneros diferentes.
  • Emisión de los listados de mercancías del ANEXO I (Programa de degradación de Bolivia) y del ANEXO II (Programa de degradación de El Salvador) pueden modificarse por acuerdo de las partes.
  • Determinar el tratamiento para la aplicación de los impuestos internos.
  • Fomentar la cooperación económica, científica y tecnológica.

Este acuerdo entrará en vigor a los treinta (30) días hábiles, después de la fecha de la confirmación de la contraparte.

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