El 5 de junio de 2019, a través del Decreto Supremo Nº 3925, se internalizó el Acuerdo de alcance parcial suscrito entre el gobierno de Bolivia y el gobierno de El Salvador – Tratado de Comercio de los Pueblos.
Los aspectos más relevantes del Acuerdo son los siguientes:
- El establecimiento de la expansión del intercambio comercial entre las partes.
- La creación de un espacio económico ampliado que facilite la libre circulación de bienes y el uso pleno de factores productivos.
- La eliminación de restricciones arancelarias y no arancelarias a través del Programa de Desgravación Comercial (PDC).
Los PDC tienen como principal objetivo:
- Establecer preferencias arancelarias para la importación de bienes originarios de sus respectivos territorios.
- Prohibición expresa de modificar los aranceles aduaneros convenidos o de adoptar aranceles aduaneros diferentes.
- Emisión de los listados de mercancías del ANEXO I (Programa de degradación de Bolivia) y del ANEXO II (Programa de degradación de El Salvador) pueden modificarse por acuerdo de las partes.
- Determinar el tratamiento para la aplicación de los impuestos internos.
- Fomentar la cooperación económica, científica y tecnológica.
Este acuerdo entrará en vigor a los treinta (30) días hábiles, después de la fecha de la confirmación de la contraparte.
***
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye ni debe ser tomada como una opinión legal o asesoramiento sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoramiento legal sobre el tema de su interés.