El 05 de octubre de 2022, la Dirección Nacional de Aduanas (“DNA”) dictó la Resolución Nº 1220/22, por la cual se dispuso que:

  1. En los casos de inscripción y habilitación de las personas vinculadas a la actividad aduanera, se reemplaza la obligación de presentar la Constancia de Comunicación de Asamblea Ordinaria por la presentación del documento que prueba la Solicitud de Comunicación Asamblearia.
  2. En el momento de inscripción o habilitación de las personas vinculadas a la actividad aduanera, es obligatorio que los datos de los miembros del Directorio que se indican en el Acta de Asamblea se registren en el Sistema Informático - Personas Vinculadas a la Actividad Aduanera (“PVAA”). Aquellas personas vinculadas a la actividad aduanera que se encuentren habilitadas por el periodo fiscal del año 2022, tienen tiempo para regularizar los datos del Directorio en el PVAA hasta el 30 de noviembre de 2022.