Por medio de la RG 118, del 24 de agosto de 2022, la SET estableció el listado adicional de 111 países o jurisdicciones considerados de baja o nula tributación.
Asimismo, amplió las operaciones excluidas del análisis de normas de valoración, quedando como sigue:
- Las actividades de forestación y enajenación de inmuebles urbanos y rurales que formen parte del activo fijo del contribuyente del IRE, cuando las rentas netas de fuente paraguaya se determinaron aplicando la base imponible presunta,
- Las operaciones internacionales cuyas rentas netas de fuente paraguaya se determinaron aplicando la base imponible presunta,
- Aportes patrimoniales en efectivo, siempre y cuando sean en la moneda de curso legal de Paraguay.
- Reclasificaciones o compensaciones de cuentas contables relacionadas con el activo, pasivo o patrimonio; siempre y cuando estas no afecten o puedan afectar al estado de resultados o la determinación de la rentabilidad de la entidad analizada,
- Pago en efectivo de rendimientos patrimoniales (dividendos) o pasivos, siempre y cuando estos sean hechos en la moneda de curso legal de Paraguay,
- Las operaciones que hayan sido realizadas con empresas u organismos y entidades del Estado.
- Las operaciones del contribuyente del IRE con partes relacionadas residentes en el país, cuando para ambas partes, dichas operaciones no sean exentas o no alcanzadas por el IRE,
- Las donaciones entre partes relacionadas residentes en el extranjero o en el país,
- Las operaciones del contribuyente del IRE con una parte relacionada contribuyente del Impuesto a la Renta Personal (IRP) en el país, siempre que dichas operaciones se encuentren alcanzadas por el IRP,
- Las operaciones del contribuyente del IRE que tiene aprobado un programa de maquila, respecto a la parte de sus ingresos gravados por el tributo único del 1%, y
- Las operaciones del contribuyente del IRE que sean Usuarios de Zonas Francas residentes en el país, respecto a la parte de sus ingresos en concepto de exportaciones a sus vinculadas en el extranjero, gravados por el Impuesto de Zona Franca del 0.5%