Mediante Resolución No. SEPS-IGT-IR-ISF-ITIC-IGJ-2017-103 emitida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y publicada en el Registro Oficial No. 157 del 10 de enero de 2018, se expidieron las normas de control de las seguridades en el uso de transferencias para las entidades reguladas por el ente público antes nombrado.

La resolución antes tiene como principal objeto establecer los niveles mínimos de protección en las transferencias electrónicas realizadas por cualquier medio electrónico, incluyendo teléfonos celulares a través de mensajes o aplicaciones.

La resolución emitida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria detalla las medidas tecnológicas y operativas de seguridad en el uso de transferencia electrónicas que deberán ser cumplidas por sus regulados. La resolución también regula la forma en la que las cooperativas de ahorro y crédito, cajas centrales, y asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, deben registrarse y los contratos que deben celebrar para poder ofrecer a sus socios este producto.

Contacto: Jesús Beltrán (jbeltran@ferrere.com), Ricardo Menéndez Ycaza  (rmenendez@ferrere.com), Pedro Hajj (phajj@ferrere.com
Esta publicación contiene información de interés general y no constituye ni debe ser tomada como una opinión legal o asesoramiento sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoramiento legal sobre el tema de su interés.