Quedando el mismo de la siguiente manera:
Trabajadores con diagnostico No Positivo y no incluidos en grupos de Riesgo, en cuyo entorno se produzcan un caso con Diagnostico positivo de Covid-19:
- Requisitos: se debe presentar al empleador la constancia de aislamiento expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, y este debe asentar en el sistema REI los datos de los trabajadores y fecha de inicio del Aislamiento.
- Plazo: el aislamiento tiene una duración de hasta 10 días conforme al protocolo de Aislamiento y Cuarentena.
- Calculo: proporcional a los días del Aislamiento autorizados, sobre la base del 50% del valor de un Salario Mínimo Legal Vigente- independientemente del salario real del trabajador.
- Esta compensación se abonará una vez por año.
Trabajadores que se hallan incluidos en grupos de riesgo por patologías preexistentes, comorbilidades o razones de edad:
- Requisitos: presentar al empleador el certificado de Vulnerabilidad emitido por un profesional médico, conforme a las valoraciones previstas en la Resolución SG N° 309/2020, de fecha 20 de julio de 2020, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Con este certificado, el medico laboral o el área de Recursos Humanos de la Empresa, debe decidir la pertinencia del Aislamiento Preventivo, y de ser así, el Empleador debe asentar mensualmente en el sistema REI los datos del trabajador y la fecha de inicio del aislamiento.
- Plazo: concordante con la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria.
- Esta compensación se abonará al asegurado que cuente con la 1ra. Dosis de la vacuna contra el Covid-19 y esté pendiente aún de la 2da. Dosis.
El empleador deberá comunicar a través del sistema REI los movimientos por suspensión por Aislamiento Covid-19 y Suspensión de grupo de riesgo por vulnerabilidad Covid-19.