Reformas a los servicios portuarios que podrán ser provistos por los armadores de barcos pesqueros en Manta

  1. La Subsecretaria de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, mediante Resolución MTOP-SPTM-2019-0010-R, publicada el 01 de abril de 2019, actualizó la “Normativa que regula los servicios portuarios que podrán ser provistos por los armadores de barcos pesqueros de bandera en los diferentes terminales y facilidades portuarias habilitadas en el país.
  2. Esta Resolución establece que dicha Normativa será aplicable únicamente en los Terminales Portuarios del Puerto de Manta y no en todo el país.
  3. Se mantienen vigentes los mismos requisitos para acceder a los permisos especiales para armadores de barcos pesqueros.

Contacto:

Javier Robalino:               jrobalino@ferrere.com

Victor Murillo:                   vmurillo@ferrere.com

David Villarroel:                dvillaroel@ferrere.com

 

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