Actualmente, cuando un contribuyente es denunciado por la Dirección General Impositiva (DGI) ante la Justicia Penal por defraudación (evasión) de impuestos, tiene la posibilidad de recurrir esa decisión ante el TCA. Ese proceso es independiente del penal, que sigue su curso.

Con el cambio propuesto en la Rendición de Cuentas (artículo 312), la denuncia por defraudación tributaria no queda comprendida dentro de aquellas resoluciones que el TCA puede anular.

El catedrático de Derecho Tributario Aplicado en la Universidad ORT, Alberto Varela, consideró "negativo" el cambio propuesto en la Rendición de Cuentas porque "se sigue avanzando sobre los desvencijados derechos del contribuyente". "En cada una de estas leyes ómnibus (porque sube todo el mundo) la DGI aprovecha para recortar derechos del contribuyente", criticó.

Varela explicó que "lo que sucede con la denuncia penal es que la DGI la realiza, después va a la sede penal y la materia tributaria es tan específica que al juez no le da el tiempo y hace fe de lo que dice Impositiva y frenar esa acusación es ponerse frente al tren bala". El abogado dijo que le ha tocado intervenir en ese tipo de casos "y es un esfuerzo titánico hacerle ver al juez que lo que dice la DGI no está bien". "Yo quiero una DGI fuerte y pujante como ésta, pero con reglas claras con el contribuyente. Porque no siempre el contribuyente es un defraudador", añadió.

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