El 20 de noviembre de 2018, el Servicio de Impuestos Nacionales emitió la Resolución Normativa de Directorio No. 10800000026, que establece un nuevo régimen de facturación que entrará en vigor a partir del 01 de marzo de 2019. 

  • Las cuestiones más relevantes que considerar sobre este nuevo régimen son: 
  • Las notas de crédito débito, solamente podrán ser emitidas dentro del plazo de tres meses desde la emisión de la factura correspondiente. 
  • Se incorpora dentro del régimen de facturación la “nota de conciliación” como documento de ajuste de créditos y débitos en IVA, únicamente para operadores de telecomunicaciones y empresas del sector hidrocarburos que tengan suscritos contratos de operación con YPFB. 
  • Se establecen las notas fiscales de comercialización de alimentos-seguridad alimentaria y abastecimiento para comercializadores de alimentos exentos de impuestos por seguridad alimentaria y abastecimiento. 
  • Se establece un sistema de facturación sincronizada, que permite sincronizar información como i) los códigos de productos y servicios, ii) países, iii) tipo de moneda, etc. 
  • Se regulan las contingencias en la emisión de facturas como ser: cortes de suministro de energía eléctrica, cortes de servicio de internet, virus informáticos, etc. 
  • Las modalidades de facturación serán: Facturación electrónica en línea, facturación computarizada en línea, facturación portal web, facturación manual, facturación pre valorada.
  • Se reconfigura las obligaciones de registro de información de los documentos fiscales en el sistema de facturación o en el portal web de la administración tributaria. 
  • Se adjunta a la resolución un listado anexo de 234.697 contribuyentes que deberán revisar y adecuar su sistema de facturación de acuerdo al cronograma previsto en la disposición transitoria primera.

Si bien estos puntos han sido identificados de una revisión preliminar, es importante señalar que el nuevo régimen de facturación merece un análisis de mayor profundidad. Desde Ferrere, nos encontramos analizando este nuevo régimen, a fin de identificar los aspectos favorables o desfavorables del mismo en relación con los negocios de nuestros clientes.