El proyecto de ley propone ampliar gradualmente el periodo de inactividad compensada por paternidad para los empleados dependientes del sector privado, mediante la modificación del artículo 8 de la Ley 19.161.

Actualmente, el régimen prevé 20 días corridos para partos normales y 30 días para partos múltiples, prematuros o con complicaciones.

De aprobarse la modificación de la Ley, se pretende:

  • A partir del 1° de enero de 2028, la licencia por nacimientos simples se extendería a 25 días.
  • A partir del 1° de enero de 2030, la licencia por nacimientos simples aumentaría a 30 días.
  • A partir del 1° de enero de 2028, la licencia por nacimientos múltiples, prematuros o con complicaciones pasaría a ser de 40 días corridos.

En todos los casos, se prevé que los primeros tres días continúen siendo cargo del empleador y el resto será abonado por el Banco de Previsión Social (BPS).

Lo interesante es que el Proyecto establece que no podrán acceder a esta prestación quienes se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos.