En el marco de las III Jornadas de Energía Eólica en Uruguay, Gonzalo Secco, socio de FERRERE Abogados, disertó sobre “Oportunidades para Consumidores Industriales que produzcan energía eólica”.

Secco analizó los parámetros y el alcance del Decreto 158/012, que establece las modalidades de contrato disponible, los términos y condiciones de cada uno y las condiciones comunes que aplican a todos los contratos.

De acuerdo a lo expuesto por el abogado, hay tres modalidades posibles para la contratación: generación en el propio predio, generación fuera del predio y generación en asociación.

Según explicó Secco, la oportunidad para incorporarse al régimen del decreto solo podrá realizarse hasta cumplidos dos años desde la fecha de publicación del decreto (28/5/2012), o hasta que se complete una potencia contratada total de 200 MW.

El Poder Ejecutivo exhorta a UTE a celebrar los contratos anteriores, así como a consultar al MIEM si propuestas provenientes de otras ramas de actividad se encuentran amparadas por el presente decreto.

Acceda a la presentación utilizada en el evento en el siguiente link: