La asociada senior de FERRERE, Natalia Dalenz, publicó el artículo “Evolución del arbitraje societario en Bolivia: del arbitraje forzoso al arbitraje voluntario", en el portal jurídico A definitivas.

Desde una perspectiva histórica, Dalenz comienza narrando varios de los principales hitos del arbitraje en dicho país (en ciertos aspectos, muy similares a los de otros países de la región), para luego concentrarse en el traspaso de un tipo de arbitraje a otro.

"El arbitraje societario forzoso en materia societaria se mantuvo vigente hasta finales del siglo XX, cuando nació el nuevo Código de Comercio boliviano", explica la profesional. 

Sobre el arbitraje societario, Dalenz explica que, en la práctica, "es obligatorio", y que "esto se debe a que el Registro de Comercio de Bolivia, (FUNDEMPRESA), exige que todo instrumento constitutivo de sociedades comerciales contenga una cláusula arbitral, de lo contrario podrá rechazar la solicitud que pretenda inscribir el instrumento de constitución, es decir, es una obligación de naturaleza administrativa, y no jurídica".

Y, en ese sentido, agrega que "la norma no es muy clara en cuanto al arbitraje de sociedades por lo que queda sujeto a la interpretación que se haga al respecto. Sin embargo, se debe respetar el principio de voluntad enunciado en la Ley de Arbitraje y Conciliación vigente. Por tanto, en materia societaria, las cuestiones controvertidas que puedan originarse entre socios, sus herederos, la administración, el directorio, la fiscalización y/o la sociedad misma, debe respetar la regla de la libre disposición".

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