Por medio de la Ley Nº 7.143/23, el Paraguay creó la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). La DNIT es una institución autárquica y autónoma cuyo fin es recaudar los impuestos mediante la aplicación del sistema tributario interno y aduanero. Asimismo, busca promover la correcta aplicación de las normas tributarias y transparentar la gestión de la institución, con el fin de facilitar el cumplimiento voluntario del contribuyente de sus derechos y obligaciones a la par de combatir el fraude en materia tributaria y aduanera.

La estructura jurídica de la DNIT es:

  1. Dirección Nacional;
  2. Gerencias;
    1. Gerencia Ejecutiva;
    2. Gerencia General de Impuestos Internos;
    3. Gerencia General de Aduanas;
  3. Direcciones generales y direcciones adscritas a las reparticiones mencionadas; y,
  4. Demás dependencias y unidades operativas que sean establecidas en la reglamentación.

Entre las funciones de la Dirección Nacional, se encuentran las de: (i) interpretar administrativamente las disposiciones relativas a los tributos; (ii) fijar normas generales para trámites administrativos; (iii) resolver los recursos jerárquicos sobre actos administrativos dictados por dependencias a su cargo; (iv) crear dependencias o unidades especializadas para la investigación y combate a los ilícitos aduaneros y a la evasión fiscal; entre otros.

Por una parte, la Gerencia Ejecutiva tiene las siguientes funciones: (i) representar a la DNIT en las reuniones ante los organismos internacionales especializados en cuestiones tributarias y aduaneras; (ii) asesorar y asistir en la interpretación y aplicación de la normativa tributaria y aduanera; (iii) revisar los proyectos de leyes, decretos y resoluciones que se propongan en los ámbitos de competencia de la DNIT.

A la par, la Gerencia General de Impuestos Internos está encargada de: (i) aplicar o ejecutar las disposiciones legales referentes a tributos internos; (ii) desarrollar las actividades relaciones a la recepción de las declaraciones juradas, liquidaciones y el cobro de tributos internos; (iii) dictar los actos administrativos mediante los cuales se determinan tributos y se aplican sanciones; (iv) autorizar la devolución o repetición de tributos internos y sus accesorios; (v) relacionarse con la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda en el seguimiento y control de los procesos judiciales. Esta Gerencia reemplazará a la actual Subsecretaría de Estado de Tributación.

A su turno, la Gerencia General de Aduanas sustituirá a la actual Dirección General de Aduanas. Esta Gerencia tendrá como atribución, entre otras cosas: (i) aplicar la legislación aduanera, recaudar los tributos a la importación y exportación, fiscalizar el trafico de mercaderías y realizar las tareas de represión del contrabando; (ii) dictar los actos administrativos que determinen tributos a la importación y exportación, y apliquen sanciones a los contribuyentes; (iii) emitir criterios de clasificación para la aplicación de la nomenclatura arancelaria; (iv) autorizar la devolución o restitución de tributos aduaneros y sus accesorios; (v) recabar de cualquier organismo público o persona privada las informaciones necesarias para el cumplimiento de sus cometidos dentro de su competencia.

Los ingresos de la DNIT estarán constituidos por: (i) el 0,7% de la recaudación de tributos bajo su competencia; (ii) el 0,5% sobre el valor en aduana de las mercaderías importadas; (iii) el 50% del producto de las multas por falta aduanera por diferencia y de las multas por defraudación y omisión de pago de tributo internos; (iv) el 50% del producto del remate de las mercaderías caídas en comiso por contrabando; y, (v) los recursos o ingresos asignados por el Presupuesto General de la Nación.

De igual forma, se establecen incentivos o estímulos al personal que presta servicios al DNIT, los cuales consistirán en primas por rendimientos o por metas alcanzadas en función al cargo y programas de capacitación y desarrollo profesional en instituciones nacionales y extranjeras. Estos incentivos estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2025.

Finalmente, se creó el Instituto Superior de Estudios Fiscales dentro de la estructura de la DNIT, el cual tendrá a su cargo la implementación de planes y programas de estudios de alta exigencia en el campo tributario, aduanero y de finanzas públicas.