El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Auto Supremo No. 503/2021-S de 4 de mayo de 2023, ratificó la línea jurisprudencial emitida sobre las características principales que debe cumplir un contrato de trabajo a plazo fijo.
 
Las características principales de los contratos laborales a plazo fijo, según la línea jurisprudencial ya definida, son las expuestas a continuación: 

Prohibición de incorporar esta modalidad de contratación en tareas propias y permanentes de la empresa

El Tribunal Supremo de Justicia ha señalado la procedencia del contrato de trabajo a plazo fijo, y que este es válido y eficaz solamente cuando es suscrito para tareas que no son propias ni permanentes en el desarrollo de las actividades y/o labores de la empresa.
En caso de que la autoridad administrativa o jurisdiccional evidencie el cumplimiento de esta infracción por parte del empleador, el contrato de trabajo se tornará en contrato a plazo indefinido.

Conversión de contrato de trabajo a plazo fijo a un contrato de trabajo por tiempo indefinido

El trabajador, excepcionalmente, puede suscribir como máximo dos contratos de trabajo a plazo fijo de forma sucesiva. En caso de que suscriba un contrato de trabajo a plazo fijo posterior consecutivamente, (i) el empleador incurrirá en infracción y (ii) la relación laboral empleador – trabajador se entenderá bajo la modalidad de vigencia indefinida. 

Requisito indispensable para la interrupción de la modalidad del contrato de trabajo a plazo fijo

Adicional al punto anterior, se establecen las condiciones necesarias para que proceda la interrupción entre contratos de trabajo a plazo fijo. Al respecto, señala que deberá existir como mínimo un lapso de tiempo de tres (3) meses entre la suscripción de un segundo contrato de trabajo a plazo fijo y otro posterior, esto para evitar que sea considerado como contrato de trabajo a plazo indefinido.

Derecho del trabajador a percibir beneficios sociales por el tiempo trabajado

Se reafirma el derecho que ostenta el trabajador para exigir y percibir el pago de los beneficios sociales que le correspondan al finalizar la relación laboral, por el tiempo trabajado, aunque sus actividades laborales se hayan realizado a través de un contrato de trabajo a plazo fijo. 
 
Las características señaladas precedentemente, son esenciales al momento de suscribir un contrato de trabajo a plazo fijo con el trabajador, a efectos de evitar sanciones por parte de la autoridad administrativa o jurisdiccional.