A través de la Resolución Nº 403, del 10 de octubre de 2023, se establecieron medidas administrativas relacionadas a la confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes. 
 
La norma dispuso que, hasta el 31 de diciembre de 2023, no constituirá incumplimiento tributario: 
  1. La falta de confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes del ejercicio fiscal 2022 para aquellos contribuyentes obligados al registro anual de comprobantes
  2. La falta de confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes por los periodos fiscales de enero a octubre 2023, para aquellos contribuyentes obligados al registro mensual de comprobantes.
En este mismo sentido, hasta el 31 de diciembre de 2023, la Administración Tributaria no aplicará la sanción de contravención por el registro tardío y la confirmación de la información de los comprobantes, para aquellos contribuyentes obligados al registro mensual y anual de comprobantes.
 
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