Recientemente, las autoridades presentaron los lineamientos para la Décima Ronda de Consejos de salarios.

El objetivo del Poder Ejecutivo es completar la recuperación del salario real perdido durante la pandemia y no recuperado en la pasada ronda, contemplando el contexto de recuperación progresiva del nivel de empleo en los distintos sectores, y teniendo en cuenta la lógica desaceleración de ciclo económico por la situación que actualmente atraviesa el país.

Los lineamientos generales establecen:

  • Plazo de los convenios: 2 años (julio 2023 – junio 2025).
  • Ajustes: semestrales por inflación proyectada más un componente de recuperación.
  • Correctivos: anuales por inflación.
  • Plazos de negociación: cada Mesa tendrá hasta 60 días para desarrollar el proceso de negociación.
  • En cuanto a la tasa de ajuste, se propone una diferenciación dependiendo entre los sectores en que el salario real tuvo una pérdida menor al 2% y los sectores cuya pérdida fue mayor a dicho porcentaje. La diferencia entre ambos radica en el momento en el que se comienza a otorgar la recuperación de la pérdida del salario real.

Lineamientos para sectores con pérdida salarial menor al 2%:

Se proponen ajustes en: julio 2023, enero 2024, julio 2024 y enero 2025. Todos los ajustes serían por inflación proyectada. En los primeros tres ajustes se agregaría un tercio del equivalente a la recuperación salarial faltante.

Correctivos por inflación: en julio de 2024 y julio de 2025. En ambos casos correctivos anuales por inflación en virtud de la inflación efectiva y la proyectada en el período.

Lineamientos para sectores con pérdida salarial mayor al 2%:

Ajustes: julio 2023, enero 2024, julio 2024 y enero 2025. Todos los ajustes serían por inflación proyectada. En los últimos tres ajustes se agregaría un tercio del equivalente a la recuperación salarial faltante.

Correctivos por inflación: en julio de 2024 y julio de 2025. En ambos casos correctivos anuales por inflación en virtud de la inflación efectiva y la proyectada en el período.

Clasificación de sectores en “transables” y “no transables”

Los lineamientos crean una nueva dimensión a considerar en las futuras negociaciones colectivas, que implica clasificar a los distintos sectores en “transables” y “no transables”, básicamente en función del impacto que el contexto global tiene sobre los mismos.

Justamente, esta clasificación propone recoger el peso de las exportaciones y de las importaciones de un determinado sector respecto al valor agregado de su producción (lo que se denomina coeficiente de apertura).

Cada mesa deberá analizar la clasificación del sector, para lo cual el Poder Ejecutivo se compromete a aportar los datos oficiales disponibles para contribuir con dicha clasificación.