El Directorio de la CONACOM establece en su opinión que, si bien la exigencia de una póliza de seguro como garantía para el otorgamiento de un crédito para la compra de un vehículo podría estar justificada, concluyó lo siguiente:

  1. La práctica de subordinación del otorgamiento de créditos para la compra de vehículos a (i) la contratación de un corredor, agente o asegurador específico o de una lista preseleccionada por el vendedor y (ii) la aprobación final de quién será el agente, corredor o asegurador por parte del otorgante, genera el riesgo de constituir un acuerdo restrictivo de la competencia y, expone a las empresas a una investigación y sanción en base a las normas de competencia.
  2. La práctica concertada o conscientemente paralela de participantes del mercado de restringir la participación de agentes, corredores o aseguradores en el mercado genera el riesgo de constituir un acuerdo restrictivo de la competencia y, expone a las empresas a una investigación y sanción en base a las normas de competencia.

Finalmente, la CONACOM sugiere a las empresas que otorgan créditos para la compra de vehículos automotores, evaluar los procedimientos y mecanismos empleados con respecto a la exigencia de seguros y reconsiderar las prácticas que puedan restringir la competencia, a fin de evitar la exposición al riesgo de cometer una conducta prohibida.

La opinión fue emitida y comunicada el 4 de agosto a partir de un estudio realizado de oficio tras una reunión con representantes de la Asociación de Agentes de Seguros del Paraguay (la “AASP”), el cual involucró la participación de gremios, reguladores y empresas que operan en los rubros de venta de vehículos y otorgamiento de créditos.