En fecha 19 de mayo de 2023, DINAVISA emitió la Resolución Nº 286/2023 (“Resolución 286/23”) por la cual estableció los criterios para la concesión de la autorización automática y fiscalización de las publicidades de especialidades farmacéuticas, medicamentos fitoterápicos, homeopáticos y suplementos dietarios.

La Resolución 286/23 establece que podrán ser sujetos a publicidad directa al consumidor los medicamentos registrados ante DINAVISA considerados de venta libre. La publicidad podrá ser realizada por medios escritos, radiales, televisivos/audiovisuales, mención en vivo, vía pública y cualquier medio o plataforma digital.

La autorización tendrá una vigencia de 24 meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y su renovación puede solicitarse hasta un día antes de la fecha de vencimiento. Las publicidades sólo podrán ser transmitidas una vez que cuenten con la autorización. Si bien se admiten cambios menores al formato autorizados, los cambios sustanciales serán considerados como cambios nuevos, y será necesario gestionar una nueva autorización.

La Resolución 286/23 prohíbe a los titulares del registro sanitario entregar a título gratuito especialidades farmacéuticas, medicamentos fitoterápicos, homeopáticos o suplementos dietaros de venta libre en farmacias.

En caso de infracción, las posibles sanciones aplicables son apercibimiento, multa, suspensión de las actividades publicitarias por un término de 6 meses. Las sanciones serán aplicadas de acuerdo con las circunstancias especiales de cada caso.