Un empleado promovió un reclamo laboral contra la empresa empleadora, reclamando los siguientes rubros: licencia, salario vacacional, IPD, indemnización por clientela, horas extras, daños y perjuicios preceptivos y multa legal.

En primera instancia, el Juzgado condenó a la demandada por los rubros licencia, salario vacacional, indemnización por despido común (en virtud de la configuración de un despido indirecto alegada por el actor) e indemnización por clientela, daños y perjuicios preceptivos y multa legal. No obstante, desestimó el reclamo por concepto de horas extras. La parte demandada interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, agraviándose en cuanto a la condena por indemnización por despido, indemnización por clientela, y por un error en la liquidación de los rubros licencia y salario vacacional.

Por su parte, el Tribunal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, desestimando el reclamo del actor por concepto de indemnización por despido común e indemnización por clientela.

Resulta de particular interés el análisis realizado por el Tribunal con respecto al reclamo del actor por concepto de indemnización por despido común, a través del cual determinó que el actor había configurado abandono a su puesto de trabajo y no había tenido lugar una hipótesis de despido indirecto.

En su demanda, el actor alegó la configuración de despido indirecto señalando “un claro ejercicio abusivo del jus variandi”, en la medida que fue intimado al reintegro finalizada la cobertura del seguro por desempleo especial por COVID, “variando sustancialmente las condiciones de trabajo que se mantenían incambiadas desde por lo menos 5 años, año 2017”.

En ese sentido, el actor señaló que su empleadora pretendía la modificación de “los días de trabajo, ...lugar de trabajo, pues de trabajar de lunes a viernes y como vendedor de plaza pasaría a trabajar en el Shopping con horarios de descanso a confirmar modificando el régimen semanal de trabajo, lo cual acarrearía también una modificación del salario”.

Al respecto, el Tribunal entendió que:

  1. Como había sido expresado por la demandada, las modificaciones propuestas al empleado obedecieron a razones objetivas y comprobadas. En ese sentido, tuvo por acreditado que “con motivo de la pandemia de COVID-19, cerró la fábrica que hacía las prendas de la marca que vendía específicamente el actor y… se dejaron de producir aquellas, lo que impedía la continuidad de la tarea que llevaba a cabo”.
  2. Se probó en autos que, a efectos de que el empleado preservara su fuente de trabajo, la demandada le ofreció volver a desempeñarse como Encargado de un local en un centro comercial.
  3. Al momento en que el actor se consideró despedido, “la modificación importaba que… pasara a desempeñarse como Encargado en un local de la demandada”, no obstante, “ello no importaba per se cambios en el salario, ni en la cantidad de horas destinadas al trabajo”. En ese sentido, el Tribunal sostuvo que no resultó acreditado que el cambio propuesto por la demandada implicara una modificación en la remuneración del actor ni en la cantidad de horas semanales de trabajo. Asimismo, señaló que al considerarse indirectamente despedido, el actor no “tenía claro cuál iba a ser el lugar físico para desempeñarse, ni los horarios”, en la medida que la empleadora “estaba abierta a otras propuestas del actor que jamás realizó, por lo que, existía margen de negociación”.
  4. No se probó que las modificaciones propuestas implicaran al actor “un cambio en toda la actividad extralaboral” y que, “el hecho que… tuviera que volver a desarrollar una actividad que había dejado de hacer y que no tenía interés en realizar” no comprendía un perjuicio que configurara una hipótesis de despido indirecto.

En virtud de todo lo anterior, el Tribunal sostuvo que la demandada demostró que la modificación propuesta al actor obedecía a razones objetivas y que no se probó que “violentara derechos irrenunciables del trabajador o generara algún perjuicio”. En consecuencia, concluyó que “no existió un jus variandi ilegítimo que ameritara un grave incumplimiento por parte del empleador, para dar lugar al despido indirecto invocado”, por lo cual desestimó el reclamo del actor por concepto de indemnización por despido e incidencias.