Un contribuyente consultó a la SET si la Facultad de Ciencias Médicas, como agente de retención, puede retener el 100% del IVA al pagar por servicios a una funcionaria contratada, en el caso de que ésta solicite ser excluida de la obligación de inscribirse en el RUC y presentar facturas.

Considerando las normas tributarias vigentes, la Administración Tributaria concluyó que:

  1. Se debe retener el 100% del IVA a la funcionaria contratada no inscripta en el RUC, siempre y cuando no sea profesional, debiendo emitir el comprobante de retención como respaldo documental.
  2. Se debe retener el 30% del IVA cuando la funcionaria contratada sea prestadora de servicios profesionales, ya que la misma debe esta inscripta en el RUC y emitir factura.