El 30 de junio, DINAVISA informó que las firmas importadoras, exportadoras y fabricantes de productos de tabaco, afectadas por el Decreto Nº 9258/2023 "Por el cual se modifican los incisos C), D), E) y F) del Artículo 8º del Decreto Nº 7605 del 14 de agosto de 2017", deberán cumplir con su implementación a partir del 2 de enero de 2024, actualizando los mensajes y advertencias sanitarias que describan los efectos nocivos del tabaco
 
Esta prórroga otorga a las empresas un plazo adicional para implementar los cambios requeridos en el etiquetado de los empaques de cigarrillos y envases de productos de tabaco, tal como se establece en el Decreto Nº 9258/2023.