El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, con la finalidad de resguardar y garantizar las condiciones adecuadas de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo por parte de los trabajadores, ha determinado la aplicación de la Norma Técnica de Seguridad NTS – 009/2023 de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El nuevo Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo – PSST deberá contener lo siguiente:

  • Comprensión de la actividad laboral
    • Explicación detallada del proceso de servicio
    • Requisitos Preliminares (Bienestar, Salud, Condiciones)
  • Política, Organización y Funciones de la empresa
    • Política de SST
    • Organización y Funciones
  • Conformación y composición del Comité Mixto y/o Coordinador de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar
    • Comité Mixto
    • Coordinador
  • Planificación de la empresa
    • Gestión de Riesgos Ocupacionales
  • Estudios / Monitoreos de Higiene
    • Monitoreos Generales
    • Monitoreos Específicos
  • Actividades de Alto Riesgo
  • Inducción, capacitación y comunicación
  • Dotación de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección Personal
  • Inspecciones Internas
  • Plan de Emergencias
  • Investigación y gestión de Accidentes de Trabajo y Acciones Correctivas
  • Medicina de Trabajo y Salud Ocupacional
  • Reportes de Seguimiento Interno y Autoevaluación

Todas las empresas deberán adecuar su Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo – PSST conforme la Norma Técnica – 009/2023 de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y formalizar su presentación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en un plazo máximo de noventa (90) días calendario.

La Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional será la entidad encargada de vigilar e inspeccionar si las empresas aplican la Norma Técnica de Seguridad Mencionada.

En caso de incumplimiento, las empresas podrán ser susceptibles de sanciones y/o multas económicas.