El 10 de julio de 2019 el SIN emitió la RND Nº 101900000012, que tiene por objeto establecer el procedimiento, la forma, los plazos, y los medios de envío de la información de los sujetos pasivos que prestan servicios de hotelería u hospedaje.
Aspectos relevantes
- Modifica los datos para el envío de información general de la casa matriz y sucursales.
- Modifica los datos para el envío de información del servicio de hotelería u hospedaje.
- Implementa nuevas especificaciones en los datos para el envío de información de facturación del servicio de hotelería u hospedaje, en donde se deberán consignar en la factura los siguientes datos: el tipo de documento fiscal, el número del documento fiscal, el CUF, el CUFD, el importe cobrado por el huésped, el medio de pago y su descripción y el NIT o CI del beneficiario del documento fiscal.
- Establece un nuevo plazo para el envío de información relacionada con las características generales de la casa matriz y sucursales a través del “Módulo Hoteles del Aplicativo Contribuyentes SIAT”. El plazo será hasta el último día del mes de marzo de 2020.
- Establece nuevos plazos para el envío de información para nuevos emprendimientos y para cuando existan modificaciones de las características generales de la casa matriz o sucursales. El plazo será bimestral.
- Aprueba el Aplicativo SIAT Móvil para la actualización de la información reportada por los contribuyentes en el Padrón Nacional de Contribuyentes.
- Introduce como medio de pago por el servicio recibido, el cheque.
- Abroga la RND N° 10190000001 de la reglamentación para la preparación y envío de información por contribuyentes que realizan la actividad de servicio de hotelería.
La RND entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2020.